DOCUMENTO DE ACTIVIDADES DEL DOCTORADO

Es necesario tener en cuenta lo previsto en el artículo 17 de la Normativa académica de doctorado:
Artículo 17.Documento de actividades del investigador o investigadora en formación
17.1. Los investigadores en formación matriculados en un programa de doctorado tienen que registrar en el sistema establecido por la UdL las actividades que llevan a cabo. Con estos datos se elaborará el registro individualizado de las actividades del investigador o investigadora en formación.
17.2 En esta aplicación, el investigador o investigadora en formación tiene que introducir datos sobre los aspectos siguientes:
- Publicaciones
- Estancias en universidades y centros de investigación
- Participación en proyectos de investigación
- Participación en congresos
- Participación en cursos y seminarios
- Participación en conferencias y jornadas
- Patentes
- Otras participaciones relacionadas directamente con la actividad investigadora que desarrolla como consecuencia de la realización de la tesis